El Departamento de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Circular A8330, estableciendo beneficios destinados a las personas humanas para el ingreso de fondos provenientes del exterior por exportación de servicios:

  1. Eliminación del límite anual: Se suprime el tope de US$36.000, anteriormente no obligados a liquidar en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), permitiendo ingresar la totalidad de los ingresos en moneda extranjera sin restricción anual.
  2. Exención de comisiones: Las entidades financieras no podrán cobrar comisiones a personas humanas residentes por la acreditación de ingresos de divisas provenientes del exterior en cuentas en moneda extranjera, reduciendo los costos asociados a estas operaciones.

Estas medidas buscan incentivar el ingreso de divisas al circuito oficial, promoviendo una mayor formalización de los ingresos por exportación de servicios que, bajo la normativa anterior, permanecían fuera del sistema.

Para una mejor interpretación se adjunta el texto completo de la comunicación correspondiente, clic aquí para ver el mismo.